Actividades Empresariales de las Personas Físicas
El Código Fiscal de la Federación, considera a las actividades Comerciales, Industriales, Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras y Silvícolas como Actividades Empresariales.
En la Ley del Impuesto sobre la Renta existen 3 diferentes Secciones dentro de las cuales una Persona Física que realiza Actividades Empresariales puede tributar:
I. De las Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales.
II. Régimen de Incorporación Fiscal.
III. De los ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.