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  • Por:Diffca Asesores SC
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Complemento de pago; la obligación de emitirlo

La emisión de la factura de complemento de pagos, es obligatoria a partir del 1 de septiembre de 2018. Los contribuyentes obligados son todas las personas físicas y morales que reciban pagos diferidos o en parcialidades. El plazo para la emisión es el día décimo natural del mes siguiente al que se recibió el pago.