Complemento de pago; la obligación de emitirlo
La emisión de la factura de complemento de pagos, es obligatoria a partir del 1 de septiembre de 2018. Los contribuyentes obligados son todas las personas físicas y morales que reciban pagos diferidos o en parcialidades. El plazo para la emisión es el día décimo natural del mes siguiente al que se recibió el pago.