Régimen de Sueldos y Salarios
Para los efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se considera ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, entre otros. Aunado a esto, se asimilan a estos ingresos los siguientes:
- Remuneraciones y prestaciones en el sector público,
- Anticipos a miembros de sociedades y asociaciones civiles y cooperativas,
- Honorarios a consejeros, administradores, comisarios y gerentes,
- Honorarios preponderantemente de un prestatario,
- Opción de PF en servicios independientes,
- Opción de PF en actividades empresariales,
- Ingresos en opción otorgada por el empleador para adquirir acciones o títulos valor.